El 24 de septiembre de 1852 quedó asociado a uno de esos acontecimientos silenciosos que ayudan a explicar cómo Mendoza consiguió desarrollarse en un territorio árido. Ese día, la Legislatura provincial sancionó una disposición que creó o formalizó un empleo específico de tomero para distribuir las aguas del Canal Principal entre las hijuelas y tomas particulares, una función decisiva en una provincia donde disponer del agua en el momento y cantidad correspondientes podía determinar el destino de una chacra, una viña o una cosecha. La fecha del 24 de septiembre de 1852 aparece recogida en las efemérides mendocinas de Teresa Alicia Giamportone y ha sido reproducida posteriormente por medios locales que señalan expresamente que la Legislatura creó el empleo para repartir el agua del Canal Principal. Pero esta historia merece una importante precisión documental: aquella medida no debe confundirse con otra disposición dictada pocos días después. Una investigación académica de Inés Sanjurjo de Driollet, publicada por la Universidad Nacional de Cuyo y CONICET, documenta un decreto gubernativo de Pedro Pascual Segura fechado el 5 de octubre de 1852. Ese decreto ordenaba que el juez de aguas controlara el cumplimiento de las tareas del tomero del zanjón principal: debía vigilar la cantidad de agua correspondiente a cada hijuela, impedir que los propietarios alteraran por su cuenta el reparto mediante peones y hacer respetar las medidas determinadas por el tomero general. La autora remite específicamente a la compilación de legislación mendocina de Manuel de Ahumada, edición de 1860, página 229. Es decir, estamos frente a dos momentos relacionados, pero documentalmente distintos: el 24 de septiembre aparece como la formalización legislativa del empleo de tomero encargado del reparto del Canal Principal; el 5 de octubre encontramos un decreto posterior que precisaba y sometía a control determinadas tareas de ese funcionario. Esta diferencia es fundamental porque tampoco sería exacto afirmar que “el tomero nació” en 1852. Mendoza administraba sus aguas desde mucho antes. Investigaciones históricas muestran que el sistema de acequias tenía antecedentes prehispánicos y que, desde los primeros tiempos coloniales, el Cabildo intervino en la apertura, limpieza y distribución de los cauces. Aquabook, publicación vinculada al Departamento General de Irrigación, señala que ya hacia 1566 existían disposiciones sobre el cuidado de los cauces y que en 1606 se creó el cargo de Alcalde de Aguas; estudios académicos documentan además alcaldes de agua, comisionados de acequia y otras autoridades que durante los siglos XVIII y XIX tuvieron responsabilidades sobre el reparto hídrico. El verdadero valor de la medida de 1852 está entonces en otra parte: representa un capítulo de la progresiva organización estatal de una tarea que llevaba siglos siendo indispensable. El tomero se convirtió en el hombre que recorría los cauces, observaba las necesidades de los regantes, abría y cerraba las tomas, controlaba compuertas y hacía cumplir los turnos. Todavía hoy Irrigación lo describe como el “repartidor de aguas” y una pieza esencial para que el recurso llegue a cada propiedad. Décadas más tarde, la gran Ley General de Aguas de 1884 consolidaría un sistema mucho más amplio y moderno de administración hídrica, pero aquel septiembre de 1852 pertenece a una etapa decisiva de transición: Mendoza comenzaba a transformar antiguas prácticas de distribución en cargos, responsabilidades y normas cada vez más precisas. En una provincia construida contra la aridez, el tomero nunca fue simplemente el hombre que levantaba una compuerta: era quien convertía una decisión administrativa en agua corriendo por una hijuela, y esa agua podía significar árboles, viñedos, alimento, trabajo y vida. Fuente de origen y consulta: Teresa Alicia Giamportone, Efemérides Mendocinas, referencia al 24/09/1852 reproducida por Diario Mendoza; Inés Sanjurjo de Driollet, “Régimen jurídico de la administración del agua en Mendoza. De las instituciones indianas del siglo XVIII a la organización del Estado provincial de mediados del siglo XIX”, Revista de Historia Americana y Argentina, UNCuyo-CONICET, vol. 54, n.º 1, 2019, especialmente pp. 227-229; Manuel de Ahumada, compilación legislativa de Mendoza, 1860, p. 229, citada por Sanjurjo de Driollet; Aquabook y Departamento General de Irrigación. Para la comprobación archivística definitiva de la disposición legislativa del 24 de septiembre, la referencia a contrastar es el Libro de Actas de la Legislatura de Mendoza 1852-1854, Tomo V, cuya existencia y utilización documental están acreditadas en investigaciones sobre la Legislatura mendocina de ese período. #Mendoza #MendozAntigua #HistoriaDeMendoza #24DeSeptiembre #Tomero #AguaDeMendoza #Acequias #Riego #CanalesDeMendoza #HistoriaDelAgua #PatrimonioMendocino #Irrigación #SigloXIX #PedroPascualSegura #ArchivoLegislativo #HistoriaArgentina #MendozaHistory #WaterHistory #IrrigationHistory #ArgentinaHistory #HistoricalMendoza #WaterManagement #CulturalHeritage
Bienvenidos al sitio con mayor cantidad de Fotos antiguas de la provincia de Mendoza, Argentina. (mendozantigua@gmail.com) Para las nuevas generaciones, no se olviden que para que Uds. vivan como viven y tengan lo que tienen, primero fue necesario que pase y exista lo que existió... que importante sería que lo comprendan
jueves, 24 de septiembre de 2026
🌊⚖️🏔️ 24 DE SEPTIEMBRE DE 1852: MENDOZA PUSO ORDEN AL AGUA — LA LEY QUE FORMALIZÓ AL TOMERO, EL HOMBRE QUE DECIDÍA CUÁNDO EL DESIERTO PODÍA VOLVERSE OASIS (IMAGEN ILUSTRATIVA)
El 24 de septiembre de 1852 quedó asociado a uno de esos acontecimientos silenciosos que ayudan a explicar cómo Mendoza consiguió desarrollarse en un territorio árido. Ese día, la Legislatura provincial sancionó una disposición que creó o formalizó un empleo específico de tomero para distribuir las aguas del Canal Principal entre las hijuelas y tomas particulares, una función decisiva en una provincia donde disponer del agua en el momento y cantidad correspondientes podía determinar el destino de una chacra, una viña o una cosecha. La fecha del 24 de septiembre de 1852 aparece recogida en las efemérides mendocinas de Teresa Alicia Giamportone y ha sido reproducida posteriormente por medios locales que señalan expresamente que la Legislatura creó el empleo para repartir el agua del Canal Principal. Pero esta historia merece una importante precisión documental: aquella medida no debe confundirse con otra disposición dictada pocos días después. Una investigación académica de Inés Sanjurjo de Driollet, publicada por la Universidad Nacional de Cuyo y CONICET, documenta un decreto gubernativo de Pedro Pascual Segura fechado el 5 de octubre de 1852. Ese decreto ordenaba que el juez de aguas controlara el cumplimiento de las tareas del tomero del zanjón principal: debía vigilar la cantidad de agua correspondiente a cada hijuela, impedir que los propietarios alteraran por su cuenta el reparto mediante peones y hacer respetar las medidas determinadas por el tomero general. La autora remite específicamente a la compilación de legislación mendocina de Manuel de Ahumada, edición de 1860, página 229. Es decir, estamos frente a dos momentos relacionados, pero documentalmente distintos: el 24 de septiembre aparece como la formalización legislativa del empleo de tomero encargado del reparto del Canal Principal; el 5 de octubre encontramos un decreto posterior que precisaba y sometía a control determinadas tareas de ese funcionario. Esta diferencia es fundamental porque tampoco sería exacto afirmar que “el tomero nació” en 1852. Mendoza administraba sus aguas desde mucho antes. Investigaciones históricas muestran que el sistema de acequias tenía antecedentes prehispánicos y que, desde los primeros tiempos coloniales, el Cabildo intervino en la apertura, limpieza y distribución de los cauces. Aquabook, publicación vinculada al Departamento General de Irrigación, señala que ya hacia 1566 existían disposiciones sobre el cuidado de los cauces y que en 1606 se creó el cargo de Alcalde de Aguas; estudios académicos documentan además alcaldes de agua, comisionados de acequia y otras autoridades que durante los siglos XVIII y XIX tuvieron responsabilidades sobre el reparto hídrico. El verdadero valor de la medida de 1852 está entonces en otra parte: representa un capítulo de la progresiva organización estatal de una tarea que llevaba siglos siendo indispensable. El tomero se convirtió en el hombre que recorría los cauces, observaba las necesidades de los regantes, abría y cerraba las tomas, controlaba compuertas y hacía cumplir los turnos. Todavía hoy Irrigación lo describe como el “repartidor de aguas” y una pieza esencial para que el recurso llegue a cada propiedad. Décadas más tarde, la gran Ley General de Aguas de 1884 consolidaría un sistema mucho más amplio y moderno de administración hídrica, pero aquel septiembre de 1852 pertenece a una etapa decisiva de transición: Mendoza comenzaba a transformar antiguas prácticas de distribución en cargos, responsabilidades y normas cada vez más precisas. En una provincia construida contra la aridez, el tomero nunca fue simplemente el hombre que levantaba una compuerta: era quien convertía una decisión administrativa en agua corriendo por una hijuela, y esa agua podía significar árboles, viñedos, alimento, trabajo y vida. Fuente de origen y consulta: Teresa Alicia Giamportone, Efemérides Mendocinas, referencia al 24/09/1852 reproducida por Diario Mendoza; Inés Sanjurjo de Driollet, “Régimen jurídico de la administración del agua en Mendoza. De las instituciones indianas del siglo XVIII a la organización del Estado provincial de mediados del siglo XIX”, Revista de Historia Americana y Argentina, UNCuyo-CONICET, vol. 54, n.º 1, 2019, especialmente pp. 227-229; Manuel de Ahumada, compilación legislativa de Mendoza, 1860, p. 229, citada por Sanjurjo de Driollet; Aquabook y Departamento General de Irrigación. Para la comprobación archivística definitiva de la disposición legislativa del 24 de septiembre, la referencia a contrastar es el Libro de Actas de la Legislatura de Mendoza 1852-1854, Tomo V, cuya existencia y utilización documental están acreditadas en investigaciones sobre la Legislatura mendocina de ese período. #Mendoza #MendozAntigua #HistoriaDeMendoza #24DeSeptiembre #Tomero #AguaDeMendoza #Acequias #Riego #CanalesDeMendoza #HistoriaDelAgua #PatrimonioMendocino #Irrigación #SigloXIX #PedroPascualSegura #ArchivoLegislativo #HistoriaArgentina #MendozaHistory #WaterHistory #IrrigationHistory #ArgentinaHistory #HistoricalMendoza #WaterManagement #CulturalHeritage

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