Esta reglamentación, vigente desde la época de la colonia, tenía como objetivo controlar la "vagancia" en los sectores de menores recursos económicos. Aquellos que no poseyeran "la papeleta de conchabo" eran castigados con rigor por "vagos ociosos y mal entretenidos". La papeleta debía certtificar, por escrito, la prestación de algún servicio a un empleador determinado. El certificado duraba por lo general un mes, al cabo del cual debía ser renovado. Si el trabaja-or decidía no continuar las tareas se le entregaba la "papeleta de desconchavo". La vigencia de ésta era de tres días, pasados los cuales, si no entraba bajo las órdenes de otro patrón, se incurría en el delito de "vagancia". El castigo legal incluía el traslado del individuo a la frontera, azotes, cárcel y trabajos en obras públicas. Este estricto sistema de control de la ociosidad tuvo como contexto momentos críticos de nuestra historia. La primera etapa de implementación de este régimen fue en la ciudad antigua, después de la independencia. Una segunda etapa fue durante la crisis de 1820. También, en la época posterior al terremoto, el gobierno actualiza este reglamento para evitar la criminalidad. En el caso específico de la mujer, éstas no fueron ajenas a la intolerancia reinante. Hacia 1835 aparece una arbitraria ordenanza del Poder Ejecutivo que estipula que: "las mujeres solteras que no estén conchavadas y cuya conducta sea perjudicial a la moral pública, se despacharan a la Nueva Frontera del Sud, si en término de veinte días se encontrasen sin ocupación". Luego, hacia mediados del siglo XIX, las mujeres acusadas de faltas menores eran recluidas en el hospital de San Antonio, donde durante el gobierno de Juan Cornelio Moyano, se estableció una cárcel cuya regencia estaba a cargo de la Sociedad de Beneficencia. (investigación de la Profesora Lelia Cano de Rossini)
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viernes, 27 de octubre de 2023
Tolerancia Cero para los Vagos y Vagas, durante el Siglo XIX en la Provincia de Mendoza.
Esta reglamentación, vigente desde la época de la colonia, tenía como objetivo controlar la "vagancia" en los sectores de menores recursos económicos. Aquellos que no poseyeran "la papeleta de conchabo" eran castigados con rigor por "vagos ociosos y mal entretenidos". La papeleta debía certtificar, por escrito, la prestación de algún servicio a un empleador determinado. El certificado duraba por lo general un mes, al cabo del cual debía ser renovado. Si el trabaja-or decidía no continuar las tareas se le entregaba la "papeleta de desconchavo". La vigencia de ésta era de tres días, pasados los cuales, si no entraba bajo las órdenes de otro patrón, se incurría en el delito de "vagancia". El castigo legal incluía el traslado del individuo a la frontera, azotes, cárcel y trabajos en obras públicas. Este estricto sistema de control de la ociosidad tuvo como contexto momentos críticos de nuestra historia. La primera etapa de implementación de este régimen fue en la ciudad antigua, después de la independencia. Una segunda etapa fue durante la crisis de 1820. También, en la época posterior al terremoto, el gobierno actualiza este reglamento para evitar la criminalidad. En el caso específico de la mujer, éstas no fueron ajenas a la intolerancia reinante. Hacia 1835 aparece una arbitraria ordenanza del Poder Ejecutivo que estipula que: "las mujeres solteras que no estén conchavadas y cuya conducta sea perjudicial a la moral pública, se despacharan a la Nueva Frontera del Sud, si en término de veinte días se encontrasen sin ocupación". Luego, hacia mediados del siglo XIX, las mujeres acusadas de faltas menores eran recluidas en el hospital de San Antonio, donde durante el gobierno de Juan Cornelio Moyano, se estableció una cárcel cuya regencia estaba a cargo de la Sociedad de Beneficencia. (investigación de la Profesora Lelia Cano de Rossini)
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