martes, 2 de diciembre de 2025

3 de Diciembre de 1817. Luego de intensos debates y con el Congreso ya trasladado a Buenos Aires, se sancionó el Reglamento Provisorio para la Dirección y Administración del Estado, que establecía una estructura institucional transitoria hasta la sanción de una Constitución definitiva.


Tras la Declaración de la Independencia en julio de 1816, el Congreso de Tucumán enfrentó el desafío de definir la forma de gobierno para la nueva nación. El Estatuto Provisional de 1815, que había guiado las deliberaciones iniciales, mostraba limitaciones frente a las demandas políticas y sociales del momento. Por ello, se impulsó la redacción de un nuevo marco legal. Este documento fue finalmente aprobado por el Director Supremo Juan Martín de Pueyrredón en enero de 1818. El Reglamento, redactado por una comisión de diputados, sentó las bases del sistema republicano argentino y anticipó aspectos de la Constitución de 1819. Estructura y contenido del Reglamento: Derechos fundamentales: Vida, libertad, honra, igualdad, propiedad y seguridad. Se garantizaba la seguridad individual y el ejercicio de los derechos políticos. Religión y soberanía: Se establecía el catolicismo como religión oficial y se reafirmaba el Patronato como parte de la soberanía nacional. No se reconocía la libertad de cultos. Poder Ejecutivo: Ejercido por un Director de Estado, ciudadano nativo mayor de 35 años, elegido por el Congreso. Se institucionalizaba el juicio de residencia y se regulaba la designación de gobernadores. Poder Legislativo: Reunido en el Congreso, con diputados elegidos por sufragio indirecto a través de asambleas primarias. Poder Judicial: Se creaba una Cámara de Apelaciones. Los jueces eran nombrados por el Director y permanecían en funciones mientras conservaran la confianza pública. Libertad de imprenta: Se creaba una Junta Protectora para garantizar la libertad de expresión. Milicias y Cabildos: Se centralizaba el mando de las milicias nacionales y cívicas en el Director de Estado, reduciendo el poder de los Cabildos provinciales a funciones municipales. Aunque concebido como transitorio, el Reglamento rigió hasta 1819, cuando se sancionó la Constitución unitaria, que heredó muchas de sus disposiciones. Ambos textos fueron criticados por su tendencia centralista, en un contexto de creciente tensión entre Buenos Aires y las provincias. #Reglamento1817, #CongresoDeTucumán, #Pueyrredón, #HistoriaArgentina, #Constitución1819, #DerechosFundamentales, #MiliciasCívicas, #Patronato, #ImprentaLibre, #Unitarismo #mendozantigua 

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