miércoles, 22 de mayo de 2013

Diezmos y primicias. (año 1901)

Según el Diccionario de la Lengua Española:
Diezmo: Parte de los frutos, regularmente la décima parte, que pagaban los fieles a la Iglesia.
Primicia: Prestación de frutos y ganados que además del diezmo se daba a la Iglesia.

El caso es pagar impuestos


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