Documento: Decreto de Bernardino Rivadavia sobre la construcción de pluviales para evitar inundaciones en la ciudad de Buenos Aires.
Transcripción:
"Buenos Aires, Febrero 11 de 1822
Consultando la consistencia del piso de las veredas, y la comodidad del transito por las calles, impedida en tiempo de lluvia por las aguas que arrojan a ellas los caños de las azoteas, el Gobierno ha acordado y decreta lo siguiente:
1º- Se construirán en adelante los edificios de modo que los caños de las azoteas no despidan las aguas a la calle, sino al interior de las casas.
2º- En caso que los desagües de las azoteas quieran hacerse a las calles, será que conductos fabricados entre las paredes, que desciendan desde la altura del edificio hasta el piso de las veredas.
3º- El Ministro Secretario del Gobierno queda encargado de la ejecución de este decreto que se insertará en el Registro Oficial.
Bernardino Rivadavia"
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