En 1985 en Argentina se dicta la sentencia del Juicio a las Juntas, condenando a Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera a reclusión perpetua, a Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión, a Armando Lambruschini a 8 años de prisión y a Orlando Ramón Agosti a 4 años de prisión. Se conoce como Juicio a las Juntas al proceso judicial realizado por la justicia civil en la Argentina en 1985 por orden del presidente Raúl Ricardo Alfonsín (1983-1989) contra los integrantes de las tres primeras juntas militares de la dictadura autodenominada Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983), debido a sus graves y masivas violaciones de derechos humanos.
El 15 de diciembre de 1983, cinco días después de asumir, Alfonsín sancionó el Decreto Nº 158/83 ordenando someter a juicio sumario a nueve militares de las tres armas que integraron las Juntas que dirigieron el país desde el golpe militar del 24 de marzo de 1976 hasta la Guerra de las Malvinas en 1982: Jorge Rafael Videla, Orlando Ramón Agosti, Emilio Eduardo Massera, Roberto Eduardo Viola, Omar Graffigna, Armando Lambruschini, Leopoldo Fortunato Galtieri, Basilio Lami Dozo y Jorge Anaya. El expediente tramitó por la desde entonces emblemática "Causa 13/84".
El tribunal que enjuició a las juntas fue la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, integrada por los jueces Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Carlos Arslanián, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés J. D’Alessio. El fiscal fue Julio César Strassera con quien colaboró el fiscal adjunto Luis Gabriel Moreno Ocampo, quienes utilizaron como base probatoria el informe Nunca más realizado por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep).
La sentencia fue dictada el 9 de diciembre de 1985, condenando a cinco de los militares acusados y absolviendo a cuatro. Videla y Massera fueron condenados a reclusión perpetua con destitución. Viola fue condenado a 17 años de prisión, Lambruschini a 8 años de prisión, y Agosti a 4 años y 6 meses de prisión, todos con destitución. Graffigna, Galtieri, Lami Dozo y Anaya fueron absueltos. El tribunal consideró que las juntas militares habían elaborado un sistema ilícito para reprimir a "la subversión" (sic) que llevó a que se cometieran "gran número de delitos de privación ilegal de la libertad, a la aplicación de tormentos y a homicidios", garantizando su impunidad.
El juicio tuvo una gran trascendencia internacional y sobre todo para la región, en donde gobernaron dictaduras similares coordinadas a nivel continental por el Plan Cóndor que cometieron crímenes de lesa humanidad de forma sistemática y planeada desde lo más alto del poder. El juicio constituye un capítulo de importancia en la historia universal y ubicó a la Argentina en un lugar de vanguardia en la lucha por lograr que se respeten los derechos humanos.
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